Oficialmente, Ecuador ya cuenta con la Ley Orgánica de Movilidad Humana. Hoy, 6 de febrero, se publicó en el Suplemento del Registro Oficial Nº 938. La norma determina los derechos y obligaciones de las personas en movilidad humana, así como las competencias y responsabilidades de las instituciones. Los migrantes podrán afiliarse al seguro social, acceder al bachillerato acelerado y a las universidades nacionales; a los ecuatorianos retornados se les facilita el acceso a crédito para emprendimientos y la importación de su menaje de casa.
Pese a que algunos de los beneficios para los migrantes y personas retornadas ya se aplican desde hace tiempo, se requería de una ley que establezca la rectoría de la política pública migratoria, para ponerla a la misma altura de la Constitución, que es progresista en materia de movilidad humana.
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