CUMPLIENDO CON LA LEY ORGÁNICA DE LA FUNCIÓN LEGISLATIVA Y EL REGLAMENTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PARLAMENTO ABIERTO EN LA ASAMBLEA NACIONAL
En cumplimiento con los incisos 8,10 y 11 del Art. 162 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa respecto de los deberes éticos cumplo cón:
8.- Rendir cuentas e informar, de manera periódica, sus actuaciones, a través de mecanismos de transparencia y de parlamento abierto. Se deberá informar entre otros, los proyectos de ley presentados, los pedidos de información y procesos de fiscalización, las asistencias al Pleno y comisiones, perfil de quienes integran su equipo de trabajo, la agenda parlamentaria y agenda territorial;
10.- Presentar junto a su declaración patrimonial juramentada, una declaración de intereses que incorpore su relación con compañías, gremios, funcionarios públicos de alto nivel o afiliaciones que puedan devenir en conflicto de intereses.
11.-Difundir su agenda de reuniones, talleres y otras actividades incluyendo la fecha, lugar, hora, temática y asistentes a la misma, con el fin de evidenciar posibles conflictos de interés y prevenir casos de corrupción. Se informará al término de cada semana respecto a reuniones imprevistas con cualquier persona que evidencie la gestión de intereses ciudadanos.
REGLAMENTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PARLAMENTO ABIERTO EN LA ASAMBLEA NACIONAL
Artículo17.-Información sobre las y los legisladores.-Sin perjuicio de los mecanismos de transparencia establecidos en el ordenamiento jurídico vigente, la Plataforma de Parlamento Abierto contendrá una sección que publicite la siguiente información de los integrantes de la Asamblea Nacional: