La Comisión de Soberanía Alimentaria y Desarrollo del Sector Agropecuario y Pesquero, con seis votos afirmativos, emitió el informe no vinculante sobre la objeción parcial enviada por el Presidente de la República al proyecto de reformas a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial para garantizar la movilización de los productores agropecuarios y pequeños de las zonas rurales del país. La mesa legislativa recomienda al Pleno acoger la observación al artículo 1 e insistir en la reformatoria al artículo 388, numeral 7, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
En el caso del art. 1, que reforma el artículo 58 de la Ley Orgánica de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, el Ejecutivo propone que se corrija la cita relacionada con la norma técnica que se aplica a la clasificación vehicular, que debería ser "Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN", pues en el texto aprobado consta Norma Técnica INEM. En este caso, la comisión considera que se trata de una observación de forma que debe ser acogida.
Respecto de la reformatoria al COIP, los comisionados proponen que se insista en el texto original aprobado por la Asamblea Nacional, toda vez que se trata de una excepcionalidad que permitirá a los productores rurales trasladarse y llevar a sus colaboradores entre comunas, comunidades y pueblos rurales en camionetas, porque no hay ningún otro medio de transporte. Recordaron que esta disposición se ajusta a las necesidades de los productores, quienes son sancionados injustamente por los agentes de tránsito por transportar personas en los baldes de las camionetas.
EG