Superintendencia Económica, Defensoría y experto opinan sobre proyecto de Ley de Defensa del Consumidor

Miércoles, 02 de abril del 2025 - 17:17 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Desarrollo Económico, Valentina Centeno

En el tratamiento del proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, la Comisión de Desarrollo Económico recibió los puntos de vista de los representantes de la Defensoría del Pueblo; Superintendencia de Competencia Económica; y, de José Terán, experto en Derecho del Consumidor.

Cristhian Nieto, abogado de la Defensoría del Pueblo, considera importante actualizar la legislación que rige desde casi 25 años; especialmente, en los artículos del 52 al 55 que recogen los derechos de las personas consumidoras, respecto a vacíos jurídicos en el ámbito administrativo, judicial y extrajudicial; mecanismos de reparación material e inmaterial, con estructura integral en donde los consumidores sean sujetos de derechos; enfoque de interculturalidad y de naturaleza; protección de la vida, salud y seguridad en el consumo de bienes y servicio; entre otros.

Pedro Velasco expuso la preocupación sobre los mecanismos eficaces para atender los reclamos y la reparación para las personas consumidoras. Blasco Luna consideró que el tratamiento de la propuesta debe ir acorde a lo que se vive en la realidad referente a las compras en líneas, específicamente.

De la Superintendencia de Competencia Económica, Marcelo Ortega, presidente de la Resolución de Primera Instancia, aclaró que el término especulación es del lenguaje cotidiano y no técnico al igual que la práctica desleal.

José Luis Terán, experto litigante, desde el punto de vista procesal subrayó que son 25 años que han estado en indefensión los consumidores, con una ley anacrónica, en donde varios de los artículos fueron derogados de manera incorrecta.

Añadió que la fase administrativa debe ser mejorada y corregida. En el procedimiento sobre los reclamos y quejas la Defensoría del Pueblo podrá promover la utilización de mecanismos alternativos para la solución de conflictos, como la mediación, siempre que dicho conflicto no se refiera a una infracción penal.

RSA

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