Comisión de la Niñez inició fiscalización al caso de la niña Z.B.S.C.

Viernes, 21 de febrero del 2025 - 15:28 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Niñez, COPINNA, Pierina Correa

La Comisión de la Niñez y Adolescencia inició el proceso de fiscalización al caso de la niña identificada con las iniciales Z.B.S.C., atendiendo la denuncia receptada sobre la existencia de servicios deficientes e irregulares en la investigación previa.

En este contexto, se consideró también el informe intermedio emitido por la Defensoría del Pueblo (DPE-2001-200101-222-2024-000733), el cual señala la ausencia de servicios estatales adecuados y posibles vulneraciones de los derechos de niñas, niños y adolescentes en la provincia de Galápagos.

En la sesión, se tenía prevista la comparecencia de Mario Godoy, presidente del Consejo de la Judicatura, quien, debido a compromisos previamente adquiridos, se excusó de asistir a la comisión. No obstante, reconociendo la importancia del tema, delegó la responsabilidad a Marcelo Mena, subdirector nacional de Acceso y Pluralismo Jurídico, quien, junto a su equipo técnico, brindará la información requerida.

En el mismo sentido, Diana Salazar, fiscal general del Estado, delegó a Ximena Coello, directora de Política Criminal; Patricia Andrade, directora de Control Jurídico y Evaluación de la Actuación Fiscal; Jorge Baños, director de Derechos Humanos y Participación Ciudadana; y, Washington Astudillo, fiscal provincial del Guayas, para que participen de la sesión convocada.

Finalmente, con 8 votos afirmativos, se aprobó la moción presentada por la asambleísta Esther Cuesta, para declarar la sesión como reservada, conforme al artículo 151 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa y el artículo 38 del Reglamento de las Comisiones Especializadas y Permanentes.

La legisladora justificó la moción señalando que, debido a la naturaleza sensible de los temas a tratar, relacionados con el abuso sexual de una niña, se debe garantizar la protección de la intimidad de la víctima, conforme a lo establecido en el Código Orgánico Integral Penal, que protege la privacidad de las víctimas de delitos contra la integridad sexual.

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