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ARGUMENTOS DE CARGO Y DE DESCARGO EN FISCALIZACIÓN POR ECKENNER RECALDE Y ESTEBAN BERNALPARTE DE

Domingo, 14 de enero del 2024 - 22:10 Imprimir

La Comisión de Fiscalización cerró la sustanciación de la solicitud de juicio político en contra del exministro de Inclusión Económica y Social, Esteban Bernal, con la recepción de los argumentos de cargo, por parte de Eckenner Recalde, como asambleísta proponente; y de descargo, del exfuncionario cuestionado.

El legislador Recalde insistió en que hubo incumplimiento de funciones al excluir de los beneficios estatales a cientos de ciudadanos, sin que se les haya notificado de dicha decisión, con lo cual se afectaron derechos fundamentales de personas vulnerables, muchas de las cuales, no tienen ni siquiera para llevar un pan a su mesa, algunas, inclusive, han fallecido.

Aseguró que el juicio político no responde al retiro del bono en sí mismo, sino a la violación de garantías previstas en la Constitución, entre ellas, el derecho al debido proceso y el derecho a la seguridad jurídica, más allá de los dramas sociales que viven los beneficiarios, a quienes se les despojó de las ayudas económicas que otorga el Estado.

En su intervención presentó varios testimonios e imágenes que demostrarían las precarias condiciones de vida de algunos de los exbeneficiarios del Bono de Desarrollo Humano (BDH), a quienes no se les ha restituido este derecho.

De su lado, el exministro Esteban Bernal justificó su actuación, al indicar que en su administración se excluyó a 289 mil beneficiarios de las ayudas económicas y, a la vez, en cumplimiento de la normativa vigente, se incorporó a 314 mil ecuatorianos a la base de datos del registro social.

El exfuncionario recordó que la notificación no es un requisito para la aplicación de un acto de simple administración, como lo dispone el artículo 120 del Código Orgánico Administrativo (COA). Por tanto, no ha incumplido funciones ya que, a su juicio, las exclusiones se dan automáticamente, cuando la situación de los beneficiarios cambia, en virtud de los parámetros técnicos que los ubica por encima de la línea de pobreza.

Dijo que si hubiera reincorporado a beneficiarios solo por consideraciones sentimentales, habría sido glosado por Contraloría y, posiblemente, se habrían establecido responsabilidades penales en su contra. Añadió que coincide con algunos legisladores en el sentido que hay gente pobre que salió del bono, pero eso no es responsabilidad del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES).

Agregó que no solo son los parámetros determinados por la Unidad de Registro Social, sino la información cruzada con otras instituciones como el Seguro Social, la Secretaría de Discapacidades, entre otras, porque las personas no pueden tener dos bonos; si tiene el Bono de Desarrollo Humano ya no puede tener el bono por discapacidad, por ejemplo.

La sesión del organismo legislativo duró más de cuatro horas y permitió que los asambleístas miembros de la Comisión formulen diversas preguntas, tanto al proponente, cuanto al exfuncionario, con el propósito de obtener los elementos de juicio necesarios para sustentar el informe no vinculante, con el cual la mesa legislativa recomendará el juicio político o, de ser el caso, su archivo.

La Comisión dentro del proceso de  sustanciación de este juicio político  respetó el debido proceso, así como los tiempos establecidos para el ejercicio de la palabra por el proponente, el exministro y los legisladores.

Luis Alvarado Campi
Asambleísta por Guayas Acción Democratica Nacional ADN

Asambleísta por la provincia del Guayas 2

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